01Obligaciones bajo CIF
Vendedor: Despacho aduanero de exportación, carga a bordo, flete marítimo y seguro mínimo ICC C hasta el puerto de destino. El seguro se contrata en nombre del comprador — es el comprador quien asume el riesgo y se beneficia de la póliza.
Comprador: Asume el riesgo desde la carga a bordo, gestiona el despacho de importación y el transporte posterior a destino.
02CIF y el seguro: cuidado con ICC C
El seguro mínimo ICC C solo cubre los riesgos más comunes (pérdida total, naufragio, colisión). Riesgos como daños parciales, humedad o robo generalmente no están cubiertos. Para mercancías de valor, el comprador debe exigir ICC A o contratar un seguro complementario.
03CIF vs CIP: los dos términos con seguro
CIF está reservado al marítimo con seguro mínimo ICC C. CIP se aplica a todos los modos de transporte y exige un seguro a todo riesgo ICC A. Para contenedores multimodales, CIP reemplaza ventajosamente a CIF.
04Cuándo utilizar CIF
CIF se utiliza para transacciones marítimas no contenedorizadas donde el vendedor organiza el flete y un seguro básico. Común en el comercio de materias primas, cereales, graneles. Para contenedores, CIP es la alternativa recomendada.