01Obligaciones bajo FCA
Vendedor: Despacho aduanero de exportación, entrega al transportista designado por el comprador en el lugar acordado (cargado si el lugar = propios locales). Documentos comerciales entregados al comprador.
Comprador: Transporte principal, seguro, despacho aduanero de importación, transporte final. Puede solicitar al transportista que emita un B/L con mención "a bordo" para los créditos documentarios.
02Transferencia de riesgo y costes
El riesgo pasa al comprador en la entrega al transportista — antes del embarque en el buque. Esta es la diferencia clave con FOB, a menudo malentendida. Los costes del vendedor se detienen en el mismo punto, despacho de exportación incluido.
03Cuándo utilizar FCA
FCA es recomendado para todos los transportes de contenedores, multimodales o aéreos. La regla 2020 permite al transportista emitir un B/L "a bordo" tras el embarque, satisfaciendo los requisitos de los créditos documentarios.
04Errores frecuentes
1) Confundir FCA con FOB: el riesgo pasa mucho antes del embarque. 2) No especificar en el contrato si la entrega se realiza en los locales del vendedor (cargado) o en otro lugar (sin cargar). 3) Olvidar activar la cláusula B/L "a bordo" si se usa un crédito documentario.