Desde el 3 de agosto de 2026, Kenia requiere una Declaración Anticipada de Carga (ACD, por sus siglas en inglés) para envíos containerizados. Se trata de una notificación previa de la carga. Debe completarse en el lugar de origen y no al momento de la importación en Kenia.
Para la solicitud se necesitan cuatro documentos: el proyecto del conocimiento de embarque, la factura comercial, la factura de flete o un comprobante de flete adecuado, así como la declaración oficial de exportación.
Después de la revisión, se genera un código ACD de 15 dígitos. Este código debe aparecer en el conocimiento de embarque final. A partir del 1 de septiembre, las navieras deben verificar el código antes de la carga. Si falta o es inválido, el contenedor puede ser trasladado al siguiente viaje. En la práctica, esto es un cambio típico de rotación.
De esta manera, parte del trabajo recae ahora en el exportador, remitente o agente de aduanas del país de origen. En operaciones EXW, normalmente es el comprador quien organiza el transporte. En términos FOB y CIF, la gestión de exportación generalmente recae más en el lado del vendedor. Sin embargo, no se debe asumir automáticamente que los costos de la ACD estén resueltos.
Lo mejor es establecer en el momento de la reserva quién presenta la solicitud, quién proporciona los documentos y quién paga los posibles costos adicionales.