Desde el momento en que se entrega un envío, los bultos aparecen como primer dato obligatorio en la carta de porte, el conocimiento de embarque o la declaración aduanera: son las unidades de expedición individuales, cerradas e identificadas – cajas, palés, cajones, sacos o paquetes – registradas, transportadas y entregadas como elementos numerables y diferenciados.
Fuente: https://www.fracht.de/logistik-lexikon/colli
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