En cuanto las mercancías peligrosas entran en el circuito de almacenamiento o transporte, el seguimiento de inventario debe cumplir requisitos normativos específicos: cada movimiento – desde la recepción hasta la entrega final, pasando por manipulaciones y almacenamientos intermedios – debe quedar completamente documentado y vinculado a los documentos de acompañamiento exigidos por la normativa aplicable (ADR por carretera, RID por ferrocarril, IMDG por vía marítima, IATA-DGR por vía aérea).
Fuente: https://www.imo.org/en/OurWork/Safety/LossPrevention/Pages/Dangerous-Goods.aspx
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