A diferencia de las mercancías importadas en régimen ordinario, la mercancía en depósito aduanero (in-bond) no devenga derechos ni impuestos a la importación en el primer punto de entrada: el envío circula por el territorio aduanero bajo supervisión oficial y con la constitución de una garantía financiera, y solo es objeto de despacho formal en el destino final, ya sea un almacén aduanero, una zona franca o el importador interior.
Fuente: https://www.cbp.gov
Herramientas y socios adecuados
Gratis · Sin contraseña · Nunca un paywall. Cada semana los hechos esenciales.
Contenido revisado y aprobado por la redacción.
Comparte tu conocimiento o aporta precisiones prácticas. Cada aportación se modera antes de publicarse.