Las cláusulas de fuerza mayor en los contratos de flete marítimo liberan, total o parcialmente, a navieras, transitarios y cargadores de sus obligaciones contractuales cuando eventos imprevisibles e independientes de su voluntad – catástrofes naturales, conflictos armados, huelgas o piratería – hacen imposible la ejecución o la retrasan de forma sustancial.
Fuente: https://www.investopedia.com/terms/f/force-majeure.asp
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