En el marco del CETA, la autocertificación de origen en el sector de la maquinaria permite al exportador declarar por sí mismo – habitualmente mediante una mención en la factura comercial u otro documento comercial – que sus máquinas o componentes cumplen las normas de origen preferencial del acuerdo, sin necesidad de recurrir a ningún organismo de certificación externo.
Fuente: https://ec.europa.eu/trade/policy/countries-and-regions/countries/canada/ceta/
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